Reconocimiento de la profesión del Enólogo
Tomelloso, 26/07/04.- Publicada en el BOE la RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2004, de la Subsecretaría del MAPA, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión de Análisis prevista en el Real Decreto 595/2002, de 28 de junio, por el que se regula la habilitación para ejercer las profesiones de enólogo, técnico especialista en vitivinicultura y técnico especialista en elaboración de vinos.
Tomelloso, 29/06/04.- Tal y como se informaba en el boletín de fecha 18/06/04, el 29/06/04 se reunió en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Comisión de Análisis prevista en el Real Decreto 595/2002, regulador de las profesiones de Enólogo, Técnico Especialista en Vitivinicultura y Técnico en Elaboración de Vinos. El objeto de esta reunión era aprobar la redacción del texto definitivo que desarrolle este Real Decreto y que fue consensuado once días antes.
El texto aún fue modificado para obtener uno final que, según el sentir de la FEAE es el adecuado para los intereses de los profesionales de la enología de toda España.
La asistencia a la reunión fue muy numerosa, estando representadas todas las partes implicadas en este proceso: MAPA, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Ministerio de Educación y Ciencia, Cuerpo de Funcionarios Docentes Universitarios, Comunidades Autónomas: Aragón, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Cataluña, Extremadura, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra y País Vasco (únicamente estuvieron ausentes Asturias, Comunidad Valenciana y Galicia) y la Federación Española de Asociaciones de Enólogos. Todos los asistentes firmaron el texto definitivo (VER TEXTO).
El acto fue clausurado por el Ilmo. Sr. Subsecretario del MAPA D. Santiago Menéndez de Luarca quien señaló que, tras largos años de trabajo, este día 29 de junio será una fecha histórica para la enología
Por su parte el presidente de la FEAE, D. Vicente Sánchez-Migallón Sánchez-Gil recordó a todas aquellas personas que a lo largo de estos años han colaborado para poder alcanzar este acuerdo histórico para nuestra profesión.
LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS QUE HAN PUBLICADO LA ORDEN POR LA QUE SE DICTAN LAS NORMAS DE HABILITACIÓN PARA EJERCER LA PROFESIÓN DE ENÓLOGO SON LAS SIGUIENTES:
27/10/04 Navarra
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10/12/04 Castilla-León
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03/02/05 Cataluña
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30/03/05 Comunidad Valenciana
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07/04/05 País Vasco
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08/04/05 Castilla-La Mancha
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03/05/05 Murcia
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25/05/05 La Rioja
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29/05/05 Canarias
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09/07/05 Asturias
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01/08/05 Andalucía
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11/08/05 Madrid
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20/12/05 Aragón
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18/02/06 Extremadura
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22/03/06 Galicia
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15/12/06 Cantabria
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ANTECEDENTES
El 28 de junio de 2002 el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 595/2002 mediante el cual se regula la Habilitación para ejercer las profesiones de Enólogo, Técnico Especialista en Vitivinicultura y Técnico en Elaboración de Vinos. Este Real Decreto se publicó en el Boletín Oficial del Estado número 160 del 5 de julio de 2002. |